CONSEJO DE LA NACIÓN CHARRÚA- CONACHA
1. CONTEXTO HISTÓRICO.
A la llegada del navegante español Juan Díaz de Solís al Río de la Plata en 1516, existían dos Pueblos Originarios diferenciados en la región: la Macroetnia Charrúa conformada por los Charrúas propiamente dichos, los Minuanes o Guenoas, los Yaros y los Chanáes entre otros y por otro lado los Tupí- Guaraní. El estado uruguayo se construye en base al genocidio de su población charrúa. El Uruguay se declara independiente de todo poder extranjero en 1825 y nace como estado independiente recién en 1830 tras la jura de su primera Constitución. Es entonces que el flamante primer Presidente General Fructuoso Rivera, instado por otros miembros del Superior Gobierno, decide realizar una campaña de exterminio hacia la población charrúa. El 11 de abril de 1831 los escasos charrúas sobrevivientes de la guerra de la independencia, en la cual lucharon junto al General Artigas, conformando el grueso de la caballería libertadora, fueron asesinados en una trampa que les tendiera el entonces presidente Fructuoso Rivera a orillas del arroyo Salsipuedes, en el departamento de Paysandú, a 320 km al norte de Montevideo. En la operación no sólo participó el ejército uruguayo sino que participaron fuerzas del ejército de Argentina y del Imperio de Brasil.
La orden de exterminio firmada por Rivera - quien en sus campañas militares se había servido de los charrúas - decía que “nos sentimos obligados a actuar de tal manera en aras de la estructuración de una sociedad que debe organizarse sobre las bases del orden y el respeto a la propiedad privada” y justificaba la masacre diciendo que los charrúas eran “los poseedores desde una edad remota de la más bella y codiciable porción del territorio de la República”.1
1 Extraído de “La Guerra de los Charrúas” de Eduardo Acosta y Lara.
Salsipuedes, la matanza, el etnocidio fue perpetrado por el primer gobierno uruguayo de una forma pensada y calculada hasta el último detalle. Por ejemplo el “pequeño detalle” - que tuvieron con los sobrevivientes que fueron trasladados forzosamente - de arrancar los hijos de las madres y separar a los hermanos entre sí, hizo que la lengua charrúa muera y así casi mataron nuestra cultura y nuestra identidad.
Luego del genocidio, lentamente la cultura de nuestro Pueblo Charrúa se fue silenciando con políticas públicas de homogeneización y de persecución a las últimas comunidades charrúas que resistían escondidos en los montes a orillas de los ríos. Es de esta manera que el propio Estado se apropia por completo del territorio del Pueblo Charrúa, por el cual habían resistido durante más de 300 años, para otorgárselo a los hacendados.
El discurso oficial y la historiografía nacional validaron entonces y continúan validando la extinción absoluta de los pueblos originarios, omitiendo las masacres genocidas perpetradas por sus propias fuerzas armadas o de orden, con el fin de acabar de raíz con el componente indígena de sus sociedades nacionales, las que han pretendido ser blancas, “descendientes de los barcos”, o en el mejor de los casos mestiza, perpetuando así la negación de los pueblos originarios.
2. NUESTRA SITUACIÓN ACTUAL
A la salida de una dictadura militar que duró once largos años de represión y desapariciones - desde 1973 a 1984 - , es que empezaron a surgir desde las bases, manifestaciones a favor de un revisionismo tanto de la historia reciente como desde las raíces mismas de nuestra historia. Es así que partir de 1989, comenzaron a surgir las organizaciones indígenas en nuestro país.
Desde hace ya más de veinte años, los charrúas estamos en un proceso de reconstitución como Pueblo - Nación, conjuntamente con los hermanos charrúas de Argentina. Estamos trabajando para derribar la representación social de la extinción indígena en nuestros países, para así poder salir de la invisibilización estructural a la cual fuimos y estamos aun sometidos.
Hoy los charrúas estamos vivos, estamos de pie y volvemos a construir juntos nuestro propio destino. Como charrúas organizados nos encontramos en un proceso de recuperación de nuestra cultura y de fortalecimiento identitario. Este proceso de reideintifación étnica está sustentado tanto en los documentos históricos como en la memoria oral resistente que ha sido salvaguardada en las costumbres y prácticas escondidas en las familias, dentro de los hogares y que se fueron trasmitiendo de generación en generación. Asimismo también existen muchas familias y personas con ascendencia guaraní en nuestro país pero que aún no se autorreconocen como indígenas ni tampoco están organizados.
2.1 El CONSEJO DE LA NACIÓN CHARRÚA
El Consejo de la Nación Charrúa – CONACHA, fue fundado el 25 de junio del 2005 y actualmente está integrado por nueve organizaciones y comunidades indígenas de diferentes puntos del país2. Funciona bajo los valores ancestrales de la horizontalidad y el consenso, trabajando en la reivindicación de los derechos de nuestro Pueblo Charrúa, siendo la única organización indígena de carácter nacional en nuestro país.
La misión que persigue el CONACHA es: 1. Lograr una mayor autoidentificación indígena en nuestro país. 2. Lograr el reconocimiento por parte del Estado uruguayo de: a) La preexistencia étnica y cultural y su vigencia en nuestros días de los Pueblos Indígenas que habitaron y habitan este territorio; b) El papel que cumplieron los Pueblos indígenas en la gestación de nuestra identidad nacional; c) La responsabilidad del Estado Uruguayo en el avasallamiento de la integridad y de los derechos humanos del Pueblo Charrúa y en especial en el genocidio y etnocidio de Salsipuedes. 3. Lograr la ratificación del Convenio 169 de la OIT por parte del Estado Uruguayo y la inclusión de una legislación de los derechos indígenas en la Constitución uruguaya. Que se encare.
Las organizaciones integrantes del CO.NA.CHA. son: Asociación de Descendientes de la Nación Charrúa, ADENCH (centro de Montevideo), Comunidad Charrúa Basquadé Inchalá (barrio La Teja, Montevideo), Grupo Pirí (ciudad de Tarariras, Departamento de Colonia), Grupo Timbó Guazú (grupo de jóvenes de la ciudad de Tarariras), Grupo Berá (ciudad Paso de los Toros, Departamento de Tacuarembó),Grupo Indígena Guyunusa (ciudad de Tacuarembó, departamento del mismo nombre), Asociación Queguay Charrúa, AQUECHA (zona de Salsipuedes, departamento de Paysandú), Comunidad Charrúa Inchalá Guidaí (ciudad de Guichón, departamento de Paysandú) y el Grupo Olimar Pirí (del departamento de Treinta y Tres) a nivel académico una investigación a través del estudio de los restos arqueológicos, la memoria oral y los documentos históricos respecto a los charrúas y que el estado asuma la responsabilidad de efectuar un revisionismo histórico y su consiguiente documentación en los textos de los centros educativos a todo nivel, en todo el país. 5. Protección y defensa de nuestros ecosistemas, su biodiversidad y promoción de prácticas productivas en armonía con la Madre Tierra.
Pese a nuestro trabajo de visibilización, aún no hemos sido reconocidos como Pueblo Indígena actual tanto por la academia como por parte del estado uruguayo que desde sus organismos sigue invisibilizando en sus políticas públicas a la población indígena del Uruguay. La incoherencia está planteada por el hecho de que desde ciertos organismos se ha hecho un reconocimiento a las organizaciones indígenas, dado que Uruguay ratificó el Convenio Constitutivo del Fondo Indígena y pasó a formar parte de él en abril de 2005, como miembro pleno y activo. Por otro lado el Instituto Nacional de Estadística y Censo reconoce a la población indígena dentro de sus censos y encuestas oficiales.
Como CONACHA hemos tenido algunos logros. En el 2006, nuestra delegada Ana María Barbosa, es elegida vicepresidenta del Fondo Indígena y al año siguiente ocupó el cargo de presidenta interina de dicho organismo, llegando a ser la primera mujer en ocupar este cargo en dicha institución.
Desde el año 2007, Enrique Auyanet en calidad de representante del CONACHA, integra la Comisión contra la Discriminación, Racismo, Xenofobia y toda otra forma de discriminación, comisión que depende de Presidencia de la República y del Ministerio de Educación y Cultura. Desde allí se ha logrado que se considere el derecho identitario de poner nombres indígenas en la población en una próxima nueva ley de registro civil.
El CONACHA ha tenido además una real incidencia en la reestructura de la educación, logrando incluir una revisión histórica y la revalorización y recuperación de la cultura de los pueblos originarios en los nuevos programas de Educación Primaria a través de su participación en el Debate Educativo y en Congreso Nacional de Educación en el año 2007.
Uno de los logros del CONACHA en el 2009, fue la aprobación de la Ley 18.589 que declara al 11 de abril como “Día de la Nación Charrúa y de la Identidad Indígena” y afirma que en esa fecha, el Poder Ejecutivo y la Administración Nacional de Educación Pública dispondrán la ejecución o coordinación de acciones públicas que fomenten la información y sensibilización de la ciudadanía sobre el aporte indígena a la identidad nacional, los hechos históricos relacionados a la nación charrúa y lo sucedido en Salsipuedes en 1831.
Cabe acotar acá que antes de la formación del CONACHA se lograron dos leyes desde la Asociación de Descendientes de la Nación Charrúa, una de las organizaciones fundadoras del CONACHA. La primera, la Ley N°17.256 que trata de la repatriación de los restos del Cacique charrúa Vaimaca Perú3 desde el Museo del Hombre en París, cuyo cumplimiento se concretó el 19 de julio de 2002 cuando los restos mortales de nuestro cacique fueron repatriados desde Francia e inhumados en el Panteón Nacional, con tratamiento oficial de héroe nacional. La segunda ley es la N°17.767, promulgada el 5 de mayo de 2004, que prohíbe la realización de experimentos y estudios científicos en los restos humanos del Cacique charrúa Vaimaca Perú, dado una disputa entre la academia y la Asociación de Descendieses de la Nación Charrúa a propósito de un estudio de ADN de los restos mortales del cacique realizado por la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, sin el consentimiento previo de las organizaciones indígenas. En el año 2011 el CONACHA realizó una Campaña de Sensibilización hacia una mayor identificación de la población indígena en el Censo 2011 y para el año 2012 tiene agendado un Plan de Acción con medidas proactivas hacia la ratificación del Convenio 169 de la OIT por parte del estado uruguayo. Actualmente la delegada del CONACHA ante el Fondo Indígena, Mónica Michelena está trabajando a nivel de la OEA y la ONU para que Uruguay reconozca la existencia actual de sus Pueblos Indígenas y para que ratifique el Convenio 169 de la OIT.
3 Este Cacique charrúa había sido llevado a Francia en 1833 junto a tres charrúas más sobrevivientes de la matanza de Salsipuedes. En París, fueron exhibidos como animales y fueron muriendo en el correr de dos años de tuberculosis y de consunción, a excepción de Tacuabé, el más joven de ellos, del cual no se supo nunca su destino final lamentablemente (de acuerdo a “El Genocidio de la población charrúa” de Eduardo Picerno)
2.2 DATOS DE LA POBLACIÓN INDÍGENA.
En el año 2005, la Dra. Sinthia Pagano obtuvo el Premio Nacional de Medicina. En este estudio se analizaron marcadores mitocondriales y del cromosoma Y en una muestra de la población uruguaya y se obtuvo que un 38% de la población uruguaya tiene origen amerindio. Según la Encuesta Nacional de Hogares Ampliada del año 2006 del Instituto Nacional de Estadística, el 3,8% de la población, que equivale a 115. 118 personas, se reconoció como descendientes de indígenas.
Cabe señalar que el informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos referido a la última Encuesta Nacional de Hogares Ampliada (ENHA)4 del 2006 expresa: “Uno de los resultados más sorprendentes de la ENHA 2006 respecto a la composición racial de la población uruguaya, fue el importantísimo crecimiento de las minorías raciales, en relación a las cifras relevadas por el INE diez años antes. Usando los mismos criterios de reagrupamiento de las categorías raciales en ambas encuestas, la población afrodescendiente, que en 1996 representaba el 5.9% del total, aumentó a 9.1% en la ENHA, y la población que se auto identificó como indígena pasó de 0,4% a 3.8%.” Este aumento de la población indígena tiene según este documento una fuente de explicación que refiere a procesos de transformación de las identidades colectivas, destacando que “la revalorización de las raíces indígenas y la movilización de las distintas organizaciones en pro de la afirmación de la conciencia racial o étnica, pudieron incidir en el aumento de la declaración de la ascendencia racial afro e indígena”, quebrando así la imagen de “la Suiza se América” que ha tenido por mucho tiempo nuestro país.
Perfil demográfico y socioeconómico de la población uruguaya según su ascendencia racial. (3/07/07).Informes temáticos ENHA 2006.
Según datos preliminares arrojados por el Censo Nacional del 2011, otorgados por el Instituto Nacional de Estadística5, un 4,9% de la población uruguaya, que equivale a 159.324 personas, afirman tener ascendencia indígena.
2.3 DERECHOS INDÍGENAS E INFORMES DE URUGUAY. Si bien Uruguay ha votado a favor de la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y la suscrito y ha ratificado los tratados internacionales de derechos humanos tales como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el problema es que no reconoce aún a sus Pueblos Indígenas que habitan en su territorio. No existe en la Constitución uruguaya un reconocimiento de la preexistencia étnica de los Pueblos Indígenas en el territorio del país, ni tampoco se reconoce en ella el carácter multiétnico de su población. No figuran en ella ninguno de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas (autonomía, libre determinación, territorio, cultura) ni tampoco figura el derecho a la titulación colectiva de tierras y territorios. Esto se expresa en los informes que Uruguay ha enviado en estos últimos años a los organismos de la ONU, aunque como se verá no hay claridad en sus aseveraciones. Por ejemplo en su Informe país DESC del 2008, en el ítem de “Reconocimiento de los derechos y consulta a los pueblos indígenas”, el informe señala: “La República Oriental del Uruguay es un Estado sin presencia indígena organizada en tanto pueblos. Los colectivos actuales se identifican como descendientes de indígenas, y el Estado ha promovido proyectos de rescate de su identidad cultural.” Estas aseveraciones produjeron un pedido de aclaración por parte del Consejo Económico y Social de la ONU, a las cuales Uruguay respondió:
“Respecto de este punto cabe aclarar que en los censos nacionales realizados en el país en el siglo XX, no se incorporaba una pregunta
Dato enviado por mail por el INE al CONACHA, el día 30 de abril de 2012, aun no publicados oficialmente.
relacionada con el ítem etnia o raza. Se obtuvieron datos relacionados a la diversidad de la población recién en las Encuestas Nacionales Permanentes de Hogares realizadas en los años 1996 y 2006 por parte del Instituto de Estadísticas y Censos.” Y luego continúa afirmando: “En la actualidad las organizaciones y personas que integran el Consejo de la Nación Charrúa se reconocen como charrúas, ejerciendo el derecho a la identidad, basados en su conciencia y voluntad de pertenencia a una cultura originaria, a una nación histórica. Basados en esta concepción participan de la Presidencia del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos indígenas de América y El Caribe como indígenas.” Es de hacer notar que Uruguay no ha ratificado aún el Convenio 169 de la OIT. Esto también fue expresado en el Informe 2009 de Uruguay al Grupo de Trabajo sobre el Examen periódico Universal (GTEPU), cuando se refiere a los Derechos de los Pueblos Indígenas: “El país tiene pendiente de ratificación el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”. El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal celebró su quinto período de sesiones del 4 al 15 de mayo de 2009. El examen de la situación del Uruguay se llevó a cabo en la 11a sesión, que tuvo lugar el 11 de mayo de 2009. La delegación del Uruguay estuvo encabezada por el Sr. Gonzalo Fernández, Ministro de Relaciones Exteriores quien en su declaración inicial de dicha sesión aprovechó la oportunidad para reconocer que "en los inicios de nuestra República los indios de mi país sufrieron un genocidio", en relación al genocidio perpetrado contra la población charrúa en 1831.
Luego de examinar las recomendaciones formuladas durante el diálogo interactivo6, Uruguay dio su apoyo a las que figuran a continuación con respecto a los derechos indígenas: A - 3. Ratificar el Convenio Nº 169 de la OIT (Perú).
En el Informe del Grupo de Trabajo sobre el EPU, aprobado en la 15a sesión, celebrada el 13 de mayo de 2009, en el capítulo de Conclusiones y Recomendaciones.
A - 4. Considerar la posibilidad de ratificar a la brevedad el Convenio Nº 169 de la OIT, a fin de coronar su reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas (Bolivia). A - 36. Estudiar la posibilidad de elaborar y aplicar un plan nacional para combatir la discriminación contra los afrodescendientes y los pueblos indígenas (Argelia). Cabe señalar que de las tres recomendaciones Uruguay sólo ha dado cumplimiento a la última. Durante el año 2011 Uruguay estuvo proyectando un Plan Nacional contra la Discriminación y el Racismo, y en esta etapa de diseño, se trabajó con poblaciones específicamente afectadas, entre las cuales se hicieron talleres de sensibilización con las organizaciones indígenas de todo el país que integran el CONACHA.
En la Recopilación de los documentos de la ONU7, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), recomienda a Uruguay8 facilitar a las comunidades indígenas el acceso equitativo a los tribunales y órganos administrativos, y solicita medidas para garantizar a los Pueblos Indígenas el goce de todos los derechos en virtud de la ICERD9.Por otra parte el Comité para la Eliminación de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)10 lamenta que no haya suficiente información sobre la situación de las mujeres indígenas e insta a Uruguay a eliminar efectivamente la discriminación contra ellas, a reconocer su contribución económica en la producción rural, a garantizar una perspectiva de género en los programas de desarrollo y a fortalecer sus papeles en cuanto a liderazgo y en los procesos de adopción de decisiones11.
7 A/HRC/WG.6/5/URY/2 Extraído del Informativo 92-93 de doCIP. 8 Párr.26.40 9 CERD/C/304/ADD.78, párr.11,17 10 Párr.28,40 11 CEDAW/C/URY/CO/7, párr.30,31,44,45;A/57/38,párr.201.
3. LA DENUNCIA
Uruguay no posee un marco legal para los derechos de los Pueblos Indígenas. Primeramente no se reconoce nuestra pre-existencia ni nuestra actual existencia en la Constitución uruguaya. Esto se traduce en la falta de reconocimiento de derechos específicos y colectivos como Pueblos Indígenas en la Constitución y por ende en la inexistencia de políticas públicas específicas para la población indígena.
Si no existimos para el estado no podemos hacer nuestras denuncias de incumplimiento de nuestros derechos colectivos. Dado que Uruguay no cumple por omisión se trata de una vulneración estructural de nuestros derechos como Pueblo Indígena. Pero para hacer que este reconocimiento oficial pueda darse, para poder salir de la invisibilización estructural que estamos sometidos, en primer lugar, demandamos que se haga un revisionismo histórico de los hechos que rodearon al genocidio de Salsipuedes, con el fin último de derribar la representación social de la extinción indígena.
No todos murieron, no fue un exterminio como se nos inculcó desde las esferas públicas a través de los sistemas políticos, sociales y educativos. Nosotros descendemos de aquellos trescientos12 o más sobrevivientes del genocidio que fueron repartidos en las estancias pero que de manera oculta, de puertas para adentro de los hogares, nos fueron trasmitiendo pautas culturales charrúas, que a su vez se fueron trasmitiendo de generación en generación. De esta manera podremos demostrar oficialmente nuestra propia existencia física y cultural como charrúas de hoy, con una identidad propia, sujetos de derechos colectivos como un pueblo originario que sufrió tales operaciones de violencia física y simbólica, pero que sobrevivió a ellas. Uno de los derechos más importantes para nosotros es el derecho a nuestra propia identidad. Este derecho se puede efectivizar a través de una educación intercultural bilingüe. En nuestro país al no tener derechos específicos no podemos ejercerla. Otro aspecto a considerar es la falta de territorio. Con el Genocidio de Salsipuedes se nos quitó el poco territorio que nos iba quedando para poder seguir viviendo de acuerdo a nuestra forma de vida ancestral. Actualmente nos encontramos en un proceso de recuperación de nuestra cultura. Pero esta tarea no se podrá completar sin un territorio propio donde poder desarrollarla. Pues es a través del contacto directo con el monte y la pradera que podremos recuperar nuestra propia Cosmovisión.
Desde hace ya algunos años Uruguay ha ido cambiando su modelo de desarrollo. Pasó de ser un país ganadero y agricultor a un país productor de soja transgénica y de
Según datos oficiales extraídos de “El genocidio de la población Charrúa” de Eduardo Picerno.
madera, con grandes extensiones de monocultivos de eucaliptus y de pinos. Hoy el Uruguay se ha ido abriendo a grandes inversiones de megaproyectos, tales como el de plantas de celulosa y el de minería a cielo abierto.
Todo esto ha afectado enormemente el modo de vida de los charrúas rurales, en especial el uso desmedido de los agrotóxicos está afectando la salud de los pobladores charrúas rurales. Al no tener un marco legal, no tenemos una vía para proteger la salud de estas comunidades rurales.
No podemos proteger tampoco nuestros lugares sagrados de estos megaproyectos. Para el Pueblo Charrúa, es fundamental la consulta previa ya que la aprobación e implementación de proyectos extractivos y otro tipo de proyectos en nuestros territorios tradicionales ha adquirido una especial relevancia en el contexto actual.
En la Declaración de apertura de la XII Sesión de Negociaciones para la Búsqueda de Consensos del Grupo de Trabajo de la OEA para el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, realizada por el Caucus Indígena, se nombra a Uruguay en una lista de países que actualmente violan los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas. En dicha reunión el CONACHA estuvo representado y allí se demostró que por el sólo hecho de tener población indígena y no haber ratificado el Convenio 169 y no haber reconocido en su Constitución los derechos indígenas, el estado uruguayo está vulnerando el derecho al territorio, el derecho a la consulta libre, previa e informada, el derecho a la identidad cultural, el derecho a la autodeterminación, entre otros derechos indígenas ya consagrados internacionalmente.
Como CONACHA, hemos entrado un petitorio al estado uruguayo en julio de 2005 para que ratifique el Convenio 169 de la OIT. A través de todos estos años le hemos dado seguimiento a nuestro petitorio pero no habido avances sustantivos en este proceso.
Por otra parte Uruguay aun no ha cumplido con las recomendaciones a las cuales dio su apoyo - formuladas en la 15° Sesión del Grupo de Trapajo de la EPU, del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en mayo del 2009- de ratificar a la brevedad el Convenio 169 de la OIT y está lejos de hacerlo.
Por todo lo anterior, es de crucial importancia para el Pueblos Charrúa que el estado uruguayo reconozca a los Pueblos Indígenas del país, a través de la ratificación del
Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de una reforma constitucional en la cual se incluyan los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas.
Consideramos que la intervención del Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en nuestro caso, puede tener una efectiva y real incidencia frente al
Estado uruguayo para que esto ocurra. Por tal motivo, le solicitamos al Relator Especial que visite nuestro país.
Ona
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